Tener el derecho a convivir con el hijo no autoriza al padre o madre a quien le han dado este privilegio a cometer abusos y a decir YO SOY EL PADRE o YO SOY LA MADRE y hago con mi hijo o hija lo que me parece. Esto no es lícito. Les agradezco poner mucha atención. Los papás no son dueños de los hijos. Los papás, padres o progenitores tienen el deber, la obligación de estar pendientes de sus hijos durante la 24 horas del día de todos los días.
Actualidad
VIAJE EN LUNA LLENA
Hoy se me antoja que Bogotá es el más hermoso barrio poblado de La Vega, y que en un momento de euforia levamos anclas, atravesamos la campiña de la sabana, respiramos el aire con olor a leche fresca y a flores que se juntan en ramilletes para llevar millares de mensajes que dirán “te quiero” y seguir el camino para aspirar el néctar de los eucaliptos y hacer una parada en el delicioso caserío del Vino que no puede tener un nombre más apropiado para capturar el afecto del viajero:
Pare que en El Vino venden
Vino, ricuras, jamón,
Pan de bono, postres, tortas
Y truchas al pescador.
EL NIÑO DE LA FLAUTA y CUSTODIA COMPARTIDA
SU OPINIÓN
¿Qué opinión tienen Uds. de las tareas titánicas de las madres para cuidar a sus hijos y darles lo mejor para su crianza?
¿Qué opinión tienen de los padres y hasta suegros(as) torturadores(as)?
SU OPINIÓN
¿Qué opinión les causa una “CUSTODIA COMPARTIDA” por medio de la cual un niño de cuatro años, debe vivir una semana con la madre, quien tiene claras normas de crianza, y otra semana con el padre, la nueva pareja del padre, es decir la madrasta del niño y la madre del padre, es decir la abuela del niño, casa en la que no hay normas de crianza y dejan que el niño haga lo que quiere?
Gracias por sus opiniones, muy útiles para mí y para los lectores.
DERECHOS HUMANOS Y RELIGIOSIDAD
Moisés vivió en el siglo XIII antes de cristo. Y también escribió o transcribió un código mínimo de diez preceptos.
Por ser simples y universales podemos decir que son como las primeras declaraciones de derechos humanos.
Están vigentes y podemos aplicarlos conforme a los tiempos actuales. Son impersonales e intemporales y en eso están su sabiduría y solidez.
Moisés no vivió lejos del reino de Hamurabi y además el código de este Rey se enseñó en Grecia y Roma Antiguas.
Hay elementos comunes entre las diferentes legislaciones teocráticas de la antigüedad. El Judaísmo, el Islamismo, el Budismo, el Cristianismo no católico, el Cristianismo católico, el Zoroastrismo.
Tienen elementos comunes en cuanto al respeto a la vida, el apego a la verdad, el rechazo al robo, el aprecio por la familia y todo orientado por las enseñanzas de su Dios, que cada religión considera que es el verdadero.
INDEPENDENCIA E INTERDEPENDENCIA EN LA FAMILIA
En la familia no puede haber libertad absoluta. Si la familia es considerada un Estado podemos traer a colación el Art. 113 de la Constitución que reza: “Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas, pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.” Lo mismo en la familia: “Las relaciones familiares se basan en la igualdad de DEBERES y DERECHOS de la pareja y en el respeto recíproco entre sus integrantes” Y respecto de los deberes, el Código Civil dispone que la pareja debe guardarse fe, socorrerse y ayudarse mutuamente en todas las circunstancias de la vida” Y agrega que la dirección del hogar, de la empresa familiar, corresponde conjuntamente a la mujer y al hombre. Y agrega que la familia tiene como finalidad esencial la de garantizar de manera responsable la subsistencia de la especie humana y auxiliarse mutuamente.