Tanto en el matrimonio ceremonia como en el matrimonio consensual, los contrayentes, hombre y mujer, son los actores principales del contrato. El juez, notario o religioso ante quienes se celebra la ceremonia son testigos en nombre de la sociedad. En el matrimonio consensual, los contrayentes pueden organizar su propia ceremonia, que tendrá más carácter social que legal. De cualquier modo, los contrayentes tienen la obligación de conocer los elementos mínimos del contrato matrimonial y los deberes y derechos que genera el contrato.
DECÁLOGO DE LA PROGENITURA RESPONSABLE
Entender que se creía que solo quedaba embarazada la mujer y que hoy se sabe que el embarazo es responsabilidad de la pareja, que es tanto como si papá y mamá quedaran embarazados, es un paso muy importante para garantizar los derechos de los hijos especialmente su buena crianza, su educación, su buen empleo o empresa y generar riqueza en la familia y en la sociedad.
CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CONSENSUAL
El matrimonio consensual es aquel que se perfecciona por el mero consentimiento del hombre y la mujer que deciden formar una familia. En Colombia se denomina legalmente UNION MARITAL DE HECHO y las personas erróneamente lo llaman UNIÓN LIBRE. Es conveniente y hasta necesario que la pareja deje constancia escrita de este matrimonio y lo pueden hacer por documento privado aun cuando es mejor hacerlo por medio de escritura pública en la que también pueden definir lo relacionado con los bienes o sociedad patrimonial.
LA FAMILIA SIN AGENDA
Es necesario que haya una autoridad a nivel nacional que oriente de manera unificada las políticas de familia del Estado y que se prepare a los niños, niñas y adolescentes y se reeduque a los mayores de tal manera que puedan cumplir con especial celo sus deberes cuando decidan formar una familia. Se necesitan con urgencia el Ministerio de la Familia y la clase de Educación para la vida en familia. Durante tres décadas LA FAMILIA es una institución sin agenda.
PROTECCIÓN PENAL DE LA FAMILIA II
Los padres, los hijos a partir de la adolescencia, la sociedad en general y los funcionarios del Estado, tenemos la obligación de prevenir la comisión de daños y delitos que atenten contra la familia, célula fundamental de la sociedad.
Esta obligación es universal y no tiene matices religiosos, ni políticos. Es universal porque de la preservación de la sanidad integral de la familia depende en gran parte la felicidad de los seres humanos y la prosperidad de los pueblos.
