LAS MENTIRAS DE LA DEFENSA DE LA ENGAÑOSA CONSULTA ANTICORRUPCIÓN.

Asombra que una persona que pretendió ser Presidente de la República y ahora pretende ser alcaldesa de Bogotá, incurra en semejantes desaciertos y confiese su desconocimiento de los principios elementales del régimen de los mecanismos de participación ciudadana.

Hago las siguientes precisiones, con la Constitución y las leyes estatutarias en la mano.

1) El Art. 50 de Ley 134 de 1994, es claro al disponer que “No se podrán realizar consultas sobre temas que impliquen modificación a la Constitución Política.” Por medio de la consulta se pretenden modificar DIRECTAMENTE, sin intervención del Congreso, los Arts. 126, 187, 197 y 280 de la Constitución.

Continuar leyendo


LA CONSULTA ANTICORRUPCIÓN: INCONSTITUCIONAL Y CONTRARIA A LA TÉCNICA JURÍDICA. (Segunda parte)

Esta semana pasada se presentó ante el H. Consejo de Estado, demanda para pedir la nulidad parcial del decreto 1028 de 2018, POR EL CUAL SE CONVOCA A LA CONSULTA POPULAR.

Estemos atentos a la decisión que tome el H. Consejo sobre la admisión de la demanda y la suspensión provisional del decreto. El tema no es fácil, pero la sabiduría judicial que debe estar a favor de la legalidad seguramente nos dejará conocer buenas noticias.

Sigamos con el desglose de la consulta. Recomiendo la lectura de la columna de la semana pasada para retomar el hilo conductor de las tesis que presento para demostrar las falacias de la consulta, que se puede calificar como el engaño más indecoroso al pueblo colombiano en esta segunda década del siglo XXI.

Continuar leyendo


LA CONSULTA ANTICORRUPCIÓN: INCONSTITUCIONAL Y CONTRARIA A LA TÉCNICA JURÍDICA (Primera parte)

POR VÍA DE CONSULTA POPULAR NO SE PUEDE MODIFICAR LA CONSTITUCIÓN

El Art. 50 ley 134 de 1994, de manera perentoria dispone: “No se podrán realizar consultas sobre temas que impliquen modificación a la Constitución Política”.

Y el Art. 21 de la ley 1757 de 2015, es enfático al ordenar que “No se podrán promover mecanismos de participación democrática sobre iniciativas inconstitucionales.”

Con la consulta se pretende modificar la Constitución, el Código Penal y otras normas legales. Es difícil entender que siendo evidente, claro, manifiesto que la consulta es inconstitucional se insista en la convocatoria.

Continuar leyendo


PADRE, NO ES SOLO EL DEL CAJERO

OFENSA, INJURIA, DESPRECIO

Un(a) hijo(a) que no saluda al padre en este mes, que lo ignora, lo desprecia, lo hiere porque el silencio lastima, injuria, más que las palabras. Esta conducta reiterada es causa de desheredamiento y de pérdida del derecho a pedir alimentos y no exonera al hijo de dar ayuda a su padre en el evento de que éste lo llegare a necesitar.

Continuar leyendo


AHORA, A TRABAJAR SE DIJO

UN PRESIDENTE, UN GERENTE…

Colombia es una sociedad con 50 millones de afiliados. En la asamblea general del 17 de junio elegimos un Presidente, que a la vez será gerente, administrador, gestor, director, gobernante y deberá seguir los parámetros que dictan la Constitución, las leyes y demás normas. No podrá estar en la conciencia de todos sus funcionarios y por eso deberá escoger y nombrar a quienes no tengan opción de actuar eligiendo el mal, el ilícito. Todos en función de un gobierno sin trampas y en pro del bienestar de la comunidad.

Continuar leyendo