NECESIDAD DE DELIMITAR EL VALOR LA CUOTA DE ALIMENTOS.

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Esta es la lección 712 del diplomado en educación para la vida en familia y el tema es NECESIDAD DE DELIMITAR EL VALOR LA CUOTA DE ALIMENTOS.

En términos generales los alimentos se componen de todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, recreación, educación o instrucción y todo lo que es necesario para el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes.

Repitamos, sustento, alimentos físicos, habitación, que sea habitación digna, vestido, que sea vestuario adecuado para el diario y para la escuela, asistencia médica, preventiva y sanadora, recreación, que sea formativa y alegre, educación o instrucción, que sea integral y que sirva para descubrir los valores agregados de los hijos, todo lo que es necesario para el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes. Desarrollo integral, físico, psíquico, afectivo, social, laboral, social.

La cuota no solo es dinero, hay alimentos del alma, del espíritu, del buen vivir, del vivir digno. Cuando se trata de dinero es necesario dejar claro en los acuerdos, en las sentencias, repito, dejar claro que la cuota no puede ser superior al 50% del ingreso neto del alimentante y que se suspende o disminuye por virtud de la ley si el alimentante es sujeto de disminución o perdida de sus ingresos y en todo caso que los gastos para los hijos no pueden ser caprichosamente elegidos por el progenitor que tiene la custodia. Por ejemplo, el colegio debe ser elegido de mutuo acuerdo para que el pago de la pensión obligue al alimentante. Y al tasar la cuantía solo se tendrán en cuenta lo que sea necesario para el sustento, crianza del o de los hijos. Por ejemplo, la cuota de administración del apto debe pagarla quien tiene la custodia y solo una parte por el hijo. Asumo que la cuarta parte, Hay gastos que deben asumirse directamente como el pago de la educación y de la salud.

Estas notas son apenas un referente para la fijación de la cuota de alimentos en dinero y si tienen dudas por favor consulten.
Un acuerdo de alimentos es como un pagaré a largo plazo. A veces a más de 20 años y con incrementos cada año.

Su amigo, abogado y profesor,

Carlos Fradique-Méndez
C.C. 311238
3153374680